Ordenamiento Territorial

Decreto No. 4002 de 2004 (dec4002301104.pdf by MINAMBIENTE)

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Por el cual se reglamentan los artículos 15 y 28 de la Ley 388 de 1997.

  • Incompatibilidad y localización
  • Condiciones para el desarrollo de servicios de alto impacto referidos a la prostitución
  • Programas de reordenamiento
  • Revisión de los planes de ordenamiento territorial
  • Modificación excepcional de normas urbanísticas
  • Procedimiento para aprobar y adoptar las revisiones
  • Adopción por decreto

Decreto No. 0879 de 1998 (dec87913051998.pdf by MINDESARROLLO)

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Por la cual se reglamentan las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y los Planes de Ordenamiento Territorial

Resolución No. 1756 de 1999 (CAS-Resolucion-1999-1756.pdf by CAS)

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Por la cual se expiden los determinantes ambientales para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial municipal

Guía de Contenidos para la Presentación de Esquemas de Ordenamiento Territorial (Guia_de_contenido_POTs.pdf by CAS, MINAMBIENTE, Gobernación de Santander)

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La Constitución Política del 91 considera el ordenamiento territorial como política de Estado e instrumento de planificación, en procura de armonizar el desarrollo con la preservación del medio ambiente y con el bienestar social

La Ley 99 de 1993 en su artículo 7 define el ordenamiento ambiental del territorio como “la función atribuida al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la Nación a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible”. Posteriormente, la Ley 388 de 1997 en su artículo 5 define el ordenamiento del territorio como “el conjunto de acciones político administrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios o distritos y áreas metropolitanas, en ejercicio de la función pública que les compete, dentro de los límites fijados por la Constitución y las Leyes, en orden a disponer los instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales”. Estas definiciones implican que el ordenamiento ambiental del territorio es un componente estructural del ordenamiento territorial.

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